Si estás pensando comenzar con tu nuevo negocio como trabajador autónomo… es el momento!
Ya que ahora, además de la conocida tarifa plana estatal también existe una bonificación extra de la cuota de autónomo de la Junta de Andalucía.
En Gestoría Imperio estaremos encantados de acompañarte en el inicio de esta aventura y pedir todas las bonificaciones en el momento de tu alta, que además, realizamos tanto en Seguridad Social como hacienda de manera gratuita contratando nuestros servicios de contabilidad.
Si quieres saber más sobre estas ayudas…Te hacemos un breve resumen!
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO:
- Alta en el RETA o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
- Tener residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
- Ser beneficiario de la tarifa plana estatal, en cualquiera de sus variantes por edad o actividad.
- No tener deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Permanecer de alta como autónomo y efectuar el pago de las cuotas a la Seguridad Social, al menos durante el periodo de duración de la subvención.
DURACIÓN Y CUANTÍA DEPENDERÁN DEL PERFIL DEL AUTÓNOMO:
1. Ampliación de la Tarifa plana de Andalucía genérica:
- Autónomos RETA: podrán seguir pagando 60 euros de cuota de autónomo hasta 12 meses más, a partir del mes 13 desde su fecha de alta en el RETA. Es decir, podrán pagar 60 euros de cuota durante 24 meses.
- Autónomos agrarios: en este caso hablamos de 24 meses pagando 50 euros, pues recuerda que con la tarifa plana estatal, los autónomos agrarios pagan de cuota de autónomos 50 euros en vez de 60. La ampliación por parte de la Junta comprenderá del mes 13 al 24 desde la fecha de alta como autónomo.
Este grupo podrá solicitar la ayuda 2 meses antes de que caduque la tarifa plana estatal, es decir en el mes 11 y 12 preferiblemente, o hasta el último día del mes 13.
2. Ayudas para mujeres autónomas de Andalucía que residan y desarrollen su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes:
Las autónomas que inicien sus negocios en localidades andaluzas de menos de 5.000 habitantes podrán pagar al mes una cuota única de 30 euros, en vez de 60, durante los primeros 24 meses de alta.
Este grupo podrá solicitar la tarifa plana de Andalucía durante los 2 meses después de la fecha de alta como autónomos.
3. Ampliación tarifa plana para autónomos menores de 30 años:
Exactamente igual que en el caso anterior, si eres autónomo menor de 30 años, pagarás durante 24 meses una cuota de autónomo única de 30 euros.
Los plazos de solicitud también serán durante los 2 meses después de la fecha de alta como autónomos.
4. Mujeres autónomas con tarifa plana por reincorporación tras maternidad:
Esta línea de la ayuda está pensada para autónomas cotizando en el RETA, con derecho a acogerse a la tarifa plana tras el cese de actividad por baja maternal.
La subvención consistirá en el abono de una cuota de autónoma de 60 euros, con una duración de 12 meses, a contar desde el mes 13 al 24 desde la fecha de alta en el RETA. Es decir, una vez concluya la tarifa plana estatal, podrás pagar 60 euros durante un año más.
El plazopara solicitar la ampliación será en los dos últimos meses de la ayuda estatal; es decir, en el mes 11 y 12.
Muy buen aporte, muy recomendable! Un cordial saludo.