ayudas alquiler

¿Vives de alquiler y eres autónomo que ha cesado su actividad? ¿O te has visto afectado por un ERTE?

La Junta de Andalucía va a abrir plazo en las próximas semanas para solicitar ayudas destinadas a
sufragar los problemas generados por el COVID-19 para atender al pago del alquiler de la vivienda
habitual.
Te resumimos los requisitos:

  1. Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual y destinarla efectivamente
    a residencia habitual y permanente.
  2. Estar en situación de desempleo, ser afectado por un ERTE o reducción de jornada por motivo
    de cuidados, o si eres autónomo que la actividad haya cesado o reducido su volumen en al
    menos un 30%.
  3. Conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere 3 veces el IPREM con carácter general
    (se ve incrementado en casos de discapacidad o incapacidad para trabajar, así como por tener
    hijos o personas mayores de 65 años a cargo).
  4. El importe de la renta y gastos y suministros básicos sea igual o superior al 35% de los
    ingresos netos de la unidad familiar.
  5. Tener pagados los recibos de las últimas tres mensualidades del alquiler.
  6. No ser titular ningún miembro de su unidad familiar de otra propiedad (con algunas
    salvedades).
    Cuantía, duración y compatibilidad con otras ayudas.
    Cuantía: El 100 % de la renta mensual, con un máximo de 900 euros al mes.
    Duración: máxima de 6 mensualidades.
    Compatibilidad: Es compatible con cualquier otra ayuda al alquiler que viniere percibiendo la
    persona arrendataria, incluso si fuera con cargo al propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021,
    siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100% del importe del alquiler del mismo
    período. En caso de superarlo, si la ayuda correspondiente a este programa fuese concedida, se
    reducirá en la cuantía necesaria hasta cumplir con dicho límite.

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